Puede suceder que el pleito haya finalizado y que nos hayan desestimado la demanda o se haya estimado solo parcialmente. En este caso se barajan dos posibilidades.
En primer caso está el hecho de ser cosa juzgada, de forma que no podría recurrirse.
A pesar de ello, es cierto que en función del resultado si que existirán posibilidades de actuación y posiblemente incluso por parte del Tribunal Supremo se arbitren medidas para esos casos.
Toda esa información la iremos desgranando en las próximas semanas.