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Ayudas para el Fomento de la Inversión y la mejora de la productividad Empresarial en Castilla-La Mancha

plusvalia municipal reclamar ayudas
  • Proyectos subvencionables:

Creación de un nuevo establecimiento, siempre que, en el mismo, después de la solicitud de subvención, se cree algún puesto de trabajo en el Régimen General o en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos. Cuando la apertura del nuevo establecimiento sea el resultado del traslado de otro existente por cierre de este último, no será necesaria la creación del puesto de trabajo.

  • Ampliación de la capacidad de un establecimiento existente.
  • Diversificación de la producción de un establecimiento en productos que anteriormente no se producían en el mismo.
  • Transformación fundamental del proceso global de producción de un establecimiento existente.

Estos proyectos no podrán ser inferiores al límite mínimo de inversión subvencionable de 5.000 euros y no podrán superar el límite máximo de inversión de 900.000 euros, cantidades a tener en cuenta sin considerar el I.V.A.

  • Gastos subvencionables: 

a) Terrenos. Máximo, el 10% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados b), c), d) y e).

b) Urbanización de terrenos. La superficie máxima subvencionable no podrá superar en más de cinco veces la superficie construida en planta baja, salvo que las características del proyecto lo justifiquen. Se tendrá en cuenta, como máximo, el 60% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados a), c), d) y e).

c) Adquisición de edificios (nuevos o ya existentes). Se tendrá en cuenta, como máximo, el 60% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados a), b), d) y e).

d) Obra civil. También, como máximo, el 60% del total de la inversión subvencionable excluidos apartados a), b), c) y e).

e) Trabajos de planificación e ingeniería. Como máximo, el 10% de la inversión subvencionable aprobada de obra civil.

f) Bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.

g) Mobiliario y enseres.

h) Equipos y programas informáticos.

  • Cuantías

Los importes de subvención se obtienen al aplicar los siguientes porcentajes sobre la inversión subvencionable aprobada:

a) En relación con la inversión a realizar:
30% si es pequeña empresa.
20% si es mediana empresa.

b) Si el proyecto está vinculado a alguna de las actividades económicas que se encuadran en
los sectores considerados prioritarios por la Estrategia de Especialización Inteligente (RIS3) así
como considerados estratégicos o emergentes para el desarrollo regional, se tendrá un porcentaje
adicional del 5%.

Estos sectores prioritarios son: madera y mueble, textil y confección, calzado, turismo, cerámica estructural, metalmecánica, aeronáutica, fabricación de equipos de energías renovables, medioambiente y bioeconomía (las actividades concretas se relacionan en el Anexo III de la referida Orden de Bases Reguladoras que se pueden consultar más abajo).

c) En caso de creación de empleo en el Régimen General de la Seguridad Social en el establecimiento donde se realice la inversión, se añadirá un 0,5% adicional por cada puesto de trabajo creado a jornada completa, o porcentaje proporcional si es de jornada parcial, en su caso. El total de este porcentaje adicional no puede exceder del 10%.

d) Si el proyecto se desarrolla en uno de los municipios incluidos en las zonas desfavorecidas que se establecen en el Decreto 31/2017, de 25 de abril (D.O.C.M. nº 85, de 3/05/2017), por el
que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla La Mancha (se adjunta más abajo para su consulta), la cuantía de la ayuda que resulte de los apartados anteriores, se incrementará en un 20%, sin que, en ningún caso, se puedan sobrepasar
los porcentajes máximos de subvención.

Estas zonas son:

  • En la provincia de Toledo: Comarca de Talavera y Comarca de la Campana de Oropesa.
  • En la provincia de Ciudad Real: Comarca de Almadén y Comarca de Campo de Montiel.
  • En la provincia de Albacete: Comarca de Sierra de Alcaraz y Campo de Montiel y Sierra de Segura.
  • La provincia de Cuenca, con actuación preferente en núcleos de población de menos de 2.000 habitantes.
  • La provincia de Guadalajara, salvo el área de influencia del Corredor del Henares.

 

  • PORCENTAJES MÁXIMOS DE SUBVENCIÓN

La suma de los anteriores porcentajes no pueden superar los siguientes porcentajes máximos sobre la inversión subvencionable:

  • 45% si es pequeña empresa
  • 35% si es mediana empresa.

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